AULA DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA CUENCA DEL NALÓN Y CAUDAL (SEDE EN: I.E.S. CUENCA NALÓN. LA FELGUERA. LANGREO)
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martes, 26 de septiembre de 2017
Se acaba el plazo
MANIFIESTO @Bienvenidos Refugiados España #SeAcabaElPlazo
El 30 de septiembre es el punto y final a una negativa dilatada en el tiempo por parte del gobierno del Partido Popular.
Se vence un plazo, no se cumplen las cifras pero lo que verdaderamente tenemos que denunciar, y que desde distintas organizaciones y colectivos se ha venido haciendo desde hace tiempo, es que no hubo ni hay voluntad política alguna de reubicar y reasentar a las miles de personas que se comprometió el Estado español.
El 30 de septiembre es el punto y final a una negativa dilatada en el tiempo por parte del gobierno del Partido Popular.
Se vence un plazo, no se cumplen las cifras pero lo que verdaderamente tenemos que denunciar, y que desde distintas organizaciones y colectivos se ha venido haciendo desde hace tiempo, es que no hubo ni hay voluntad política alguna de reubicar y reasentar a las miles de personas que se comprometió el Estado español.
Lo grave de la situación es esto, que no quieren, porque bailan al
compás de las políticas xenófobas de la Unión Europea que ha forjado una
Europa fortaleza de vallas, muros y concertinas, pero también ha
elevado un fuerte detrás de proclamas fascistas, mediante la
permisividad a algunos países como Hungría o Eslovenia a que se negaran
al acogiemiento, externalizando nuestras fronteras con acuerdos
millonarios con países no garantes de los DDHH, toda una batería de
medidas del sicariato organizado del poder.
Este fuerte se ha construido sobre los cuerpos de quienes han muerto en los mares y en las fronteras, esos son sus cimientos, los de una táctica disuasoria cruel: dejarlos morir para que dejen de huir.
Esta semana muchos y muchas de vosotros habéis asistido al inicio escolar de vuestros hijos e hijas. En el año 2016 se calcula que 3 millones y medio de niños y niñas no obtuvieron ni una sola hora lectiva de las 200 que deben recibir al año.
Cada día que pasan en un campo de refugiados y refugiadas se les está vulnerando su derecho a acceder a una educación y en este sentido, nuestro país es responsable de que los y las menores que debía acoger de la cuota que se comprometió estén sin escolarizar y en situaciones de vida, cuando menos, indignas.
Nos concentramos porque se vence un plazo y porque no se cumplen unas cifras, cuando en realidad nos concentramos contra los gobiernos insolidarios, contra quienes hacen negocio del terrorismo y de las guerras, contra el fascismo que repunta en muchos lugares de Europa y es a ellos a los que les decimos que “NO PASARÁN”, a quienes frenamos y ponemos fronteras.
No contaron con que habría personas, más allá de la importante labor que se puede realizar desde el tercer sector, que decidirían no mirar hacia otro lado y están aquí , y allá cuando se las necesita, buscando abrigo para el invierno o mandando alimentos para que un cocinero jubilado les dé de comer caliente porque nuestros gobernantes no quieren abrir sus fronteras. Las nuestras están abiertas.
Lo hemos pedido muchas veces y no desistiremos. Queremos acoger. A nadie dimos permiso para cerrar fronteras, queremos que acabe ya esta barbarie institucional contra las personas refugiadas. Ni una muerte más. No queremos plazos, hace tiempo que están vencidos.
Ayuda humanitaria, empoderamiento y solidaridad para las personas refugiadas.
Foto: Sergi Camara en la isla de Kos, Grecia. Agosto 2015
Este fuerte se ha construido sobre los cuerpos de quienes han muerto en los mares y en las fronteras, esos son sus cimientos, los de una táctica disuasoria cruel: dejarlos morir para que dejen de huir.
Esta semana muchos y muchas de vosotros habéis asistido al inicio escolar de vuestros hijos e hijas. En el año 2016 se calcula que 3 millones y medio de niños y niñas no obtuvieron ni una sola hora lectiva de las 200 que deben recibir al año.
Cada día que pasan en un campo de refugiados y refugiadas se les está vulnerando su derecho a acceder a una educación y en este sentido, nuestro país es responsable de que los y las menores que debía acoger de la cuota que se comprometió estén sin escolarizar y en situaciones de vida, cuando menos, indignas.
Nos concentramos porque se vence un plazo y porque no se cumplen unas cifras, cuando en realidad nos concentramos contra los gobiernos insolidarios, contra quienes hacen negocio del terrorismo y de las guerras, contra el fascismo que repunta en muchos lugares de Europa y es a ellos a los que les decimos que “NO PASARÁN”, a quienes frenamos y ponemos fronteras.
No contaron con que habría personas, más allá de la importante labor que se puede realizar desde el tercer sector, que decidirían no mirar hacia otro lado y están aquí , y allá cuando se las necesita, buscando abrigo para el invierno o mandando alimentos para que un cocinero jubilado les dé de comer caliente porque nuestros gobernantes no quieren abrir sus fronteras. Las nuestras están abiertas.
Lo hemos pedido muchas veces y no desistiremos. Queremos acoger. A nadie dimos permiso para cerrar fronteras, queremos que acabe ya esta barbarie institucional contra las personas refugiadas. Ni una muerte más. No queremos plazos, hace tiempo que están vencidos.
Ayuda humanitaria, empoderamiento y solidaridad para las personas refugiadas.
Foto: Sergi Camara en la isla de Kos, Grecia. Agosto 2015
viernes, 17 de junio de 2016
Términos sobre los Refugiados
La Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo Adicional de Nueva York de 1967. Son las bases legales que, desde su aprobación, han permitido proteger a millones de personas refugiadas en todo el planeta. Ambos documentos establecen quién es una persona refugiada, mecanismos de protección, asistencia y derechos sociales que los Estados firmantes deben garantizar.
Refugiado/a: persona que se ve obligada a salir de su país por temor a ser perseguida por su raza, religión, nacionalidad y/o opinión política u otras razones. Esta definición también incluye a las personas que huyen de conflictos armados o situaciones de violencia generalizada. Obtener la condición de persona refugiada implica las siguientes medidas: autorización de residencia, expedición de documentos de viaje, de identidad y autorización para trabajar.
Refugiado/a: persona que se ve obligada a salir de su país por temor a ser perseguida por su raza, religión, nacionalidad y/o opinión política u otras razones. Esta definición también incluye a las personas que huyen de conflictos armados o situaciones de violencia generalizada. Obtener la condición de persona refugiada implica las siguientes medidas: autorización de residencia, expedición de documentos de viaje, de identidad y autorización para trabajar.
Solicitante de asilo: persona que solicita su reconocimiento en otro país como persona refugiada y que se encuentra a la espera de resolución de su solicitud.
Asilo: protección o refugio que da un país a las personas extranjeras que reconoce como refugiadas. El reconocimiento del derecho de asilo de una persona implica además que el estado le conceda la documentación y autorización necesaria para residir y trabajar.
Desplazado/a: al igual que la persona refugiada, una persona desplazada ha tenido que abandonar su hogar por miedo a perder su vida. La diferencia es que, en este caso, no cruzan ninguna frontera, sino que intentan buscar un lugar seguro en su propio país.
Rutas legales y seguras: Son una serie de herramientas y figuras jurídicas utilizadas para proteger los derechos de las personas que se ven obligadas a abandonar sus países debido a conflictos armados, persecuciones, pobreza, etc. Entre ellas, destaca la figura del reasentamiento, la protección subsidiaria o la reagrupación familiar, entre otras.
Reasentamiento: es un instrumento de protección para las personas refugiadas. Una persona es reasentada cuando es acogida por un país distinto al primero al que llegó tras abandonar el suyo.
El reasentamiento existe porque a veces el primer país de acogida no puede garantizar la seguridad e integridad del refugiado, porque no puede afrontar la llegada de muchas personas refugiadas en un periodo de tiempo o porque un tercer país (el de reasentamiento) tiene mejores posibilidades para la integración social de la persona refugiada.
Por ejemplo, Líbano es el país del mundo que más personas refugiadas per cápita acoge, a pesar de ser tan pequeño como la provincia de Valencia. España podría ser un país de reasentamiento para algunas de las personas refugiadas que ahora malviven allí.
Para algunas personas refugiadas, como niños, niñas, mujeres sometidas a acoso sexual o personas con discapacidad, el reasentamiento podría ser su tabla de salvación.
Protección subsidiaria: es una figura jurídica por la cual un país acoge a personas procedentes de otros países que no reúnen los requisitos para ser reconocidas como refugiadas pero que tienen motivos fundados para creer que, si regresasen a su país de origen, su vida podría peligrar.
Reagrupación/reunificación familiar: es una herramienta jurídica que permite volver a reunir en el país de acogida a la familia que se vio obligada a separarse al huir de su país de origen. Esta medida mejora la calidad de vida y la situación social y económica de la familia reagrupada.
Asilo: protección o refugio que da un país a las personas extranjeras que reconoce como refugiadas. El reconocimiento del derecho de asilo de una persona implica además que el estado le conceda la documentación y autorización necesaria para residir y trabajar.
Desplazado/a: al igual que la persona refugiada, una persona desplazada ha tenido que abandonar su hogar por miedo a perder su vida. La diferencia es que, en este caso, no cruzan ninguna frontera, sino que intentan buscar un lugar seguro en su propio país.
Rutas legales y seguras: Son una serie de herramientas y figuras jurídicas utilizadas para proteger los derechos de las personas que se ven obligadas a abandonar sus países debido a conflictos armados, persecuciones, pobreza, etc. Entre ellas, destaca la figura del reasentamiento, la protección subsidiaria o la reagrupación familiar, entre otras.
Reasentamiento: es un instrumento de protección para las personas refugiadas. Una persona es reasentada cuando es acogida por un país distinto al primero al que llegó tras abandonar el suyo.
El reasentamiento existe porque a veces el primer país de acogida no puede garantizar la seguridad e integridad del refugiado, porque no puede afrontar la llegada de muchas personas refugiadas en un periodo de tiempo o porque un tercer país (el de reasentamiento) tiene mejores posibilidades para la integración social de la persona refugiada.
Por ejemplo, Líbano es el país del mundo que más personas refugiadas per cápita acoge, a pesar de ser tan pequeño como la provincia de Valencia. España podría ser un país de reasentamiento para algunas de las personas refugiadas que ahora malviven allí.
Para algunas personas refugiadas, como niños, niñas, mujeres sometidas a acoso sexual o personas con discapacidad, el reasentamiento podría ser su tabla de salvación.
Protección subsidiaria: es una figura jurídica por la cual un país acoge a personas procedentes de otros países que no reúnen los requisitos para ser reconocidas como refugiadas pero que tienen motivos fundados para creer que, si regresasen a su país de origen, su vida podría peligrar.
Reagrupación/reunificación familiar: es una herramienta jurídica que permite volver a reunir en el país de acogida a la familia que se vio obligada a separarse al huir de su país de origen. Esta medida mejora la calidad de vida y la situación social y económica de la familia reagrupada.
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